¿QUÉ ES LA AESAN?

España cuenta, desde el año 2001, con un organismo cuyo objetivo es poder gestionar los riesgos alimentarios para la salud de los consumidores. Se trata de la AESAN, acrónimo de Asociación Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, cuyo funcionamiento está regulado por ley. Para poder llevar a cabo su trabajo de una manera eficiente, está en contacto con las autoridades autonómicas con competencias en materia de seguridad alimentaria, los ministerios de Sanidad y Defensa y la Comisión Europea, entre otras instituciones.

¿CÓMO FUNCIONA?

Para garantizar que los productos que llegan a nuestras manos cumplen con los estándares de seguridad y no suponen un riesgo para nuestra salud, debe haber un intercambio rápido de información entre las autoridades competentes, las empresas alimentarias y los consumidores.

La red de alerta alimentaria se activa cuando las propias empresas o las autoridades competentes detectan algún problema de seguridad en los alimentos. Es entonces cuando se inicia el correspondiente procedimiento, cuyo primer eslabón pasa por la retirada inmediata de ese producto. Después habrá que aclarar las causas del problema, llevar a cabo las medidas que procedan para subsanarlo y, si corresponde, sancionar al operador responsable.

La AESAN es la encargada de notificar la incidencia, que es publicada en distintas webs institucionales y en los propios medios de comunicación. Cabe destacar que en muchos casos el problema es detectado antes de que el alimento llegue al consumidor.

TIPOS DE ALERTAS

De acuerdo con la AESAN, se pueden establecer tres tipos de alertas alimentarias:

* Las que pueden afectar a toda la población y por lo tanto son de interés general

* Las relacionadas con alérgenos y otras sustancias no declaradas

* Las de complementos alimenticios con sustancias farmacológicamente activas

CASOS CONOCIDOS

Pese a los estrictos controles establecidos en nuestro país en relación con los productos alimentarios, a menudo nos sorprende alguna alerta. Todos recordamos la que en 2019 puso el foco en la carne mechada distribuida por una determinada empresa, contaminada por Listeria monocytogenes de especial riesgo para las mujeres embarazadas. Esa misma bacteria fue detectada también, en agosto de 2023, en una partida de salmón ahumado comercializado por otra firma española.

¿QUÉ PODEMOS HACER DESDE EL GRUPO ISONOR PARA MINIMIZAR LOS RIESGOS EN TU EMPRESA?

En nuestro país, los reales decretos 640/2006 y 1021/2022, la ley 17/2011 y el reglamento (UE) 382/2021, inciden en la necesidad de una buena gestión de la cadena alimentaria para evitar riesgos. Es más, el Real Decreto 640/2006 incluye medidas que contribuyen a la correcta aplicación del Reglamento Europeo 852/2004 que confiere carácter obligatorio al diseño, implantación, desarrollo y mantenimiento de un Sistema a medida de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (APPCC) en todos los subsectores de alimentación y empresas que manipulen o transporten alimentos. Entró en vigor el 01 de enero de 2006.

En Excelentia, del Grupo Isonor, nos ponemos a disposición de tu empresa para diseñar ese APPCC a medida adaptado a tus necesidades e integrado por la siguientes fases:

· Análisis de Riesgos

· Puntos Críticos de Control (PCC)

· Criterios para el Control

· Comprobación y verificación

· Información al Personal

No se debe olvidar la obligatoriedad, por ley, de mantener actualizado ese APPCC.

¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A CONTAR CON UN APPCC?

Cualquier actividad que implique el contacto, directo o indirecto, con cualquier tipo de alimento aunque ya esté envasado (por ejemplo, los almacenes de bebidas o alimentos).

HOSTELERÍA: Cafeterías, Bares, Restaurantes, Comedores, Catering, …

CARNICERÍA

PESCADERÍA

ALMACÉN DE BEBIDAS, ALIMENTOS, PIENSOS.

PANADERÍA, con o sin obrador

CONFITERÍA, con o sin obrador

VENTA AL POR MAYOR / MENOR de productos alimentarios

PRODUCCIÓN HORTOFRUTÍCULA

EXPLOTACIÓN AGROPECUARIA

DEPURADORAS DE MARISCO, EXPLOTACIONES ACUÍCOLAS

MATADERO

EXPLOTACIÓN VITIVINÍCOLA, ACEITERA …

EXPLOTACIÓN GANADERA, HUEVOS, LÁCTEOS, ….

CONSERVERAS

FRIGORÍFICOS

EMPRESAS DE TRANSFORMACIÓN ALIMENTARIA

EMPRESAS DE FABRICACIÓN DE ENVASES Y EMBALAJES ALIMENTARIOS

TRANSPORTE DE ALIMENTOS PALETIZADOS (no tocan los alimentos)

TRANSPORTE DE ALIMENTOS (sí tocan los alimentos)

EMPRESAS DE LIMPIEZA

¿Y SI NO LO IMPLANTO?

Como comentábamos al inicio, la implantación de un Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (APPCC), es obligatoria en nuestro país. Atendiendo a la actividad de la empresa, no llevarla a cabo puede tener la consideración de infracción grave o muy grave con multas que oscilan entre 3.005,07 € y 601.012,11 € (Ley de Sanidad) y entre 5.001 y 601.012.11€ (Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición).

En caso muy grave podrá acordar el cierre temporal del establecimiento por un plazo de hasta cinco años.

MÁS INFORMACIÓN

Si necesitas más información sobre la APPCC y los servicios que Excelentia pone a tu disposición en relación a la seguridad alimentaria, tienes todos los detalles en este enlace.